Expedientes
Cada plazo llega al expediente con la frase del juzgado debajo.
Entra anotado en cuanto llega el documento, con el vencimiento ya contado sobre el calendario de ese órgano, y sale en el panel de inicio hasta que alguien del despacho lo confirma. Lo mismo el señalamiento, con la hora y el lugar que consten en la resolución.
Decreto de admisión
- Entra la notificación
- Se lee el plazo
- Se salvan los inhábiles
Con la frase literal del juzgado, para que lo confirmes tú.
Papeleta de conciliación
- Se toman los datos
- Se rellena la plantilla
- Queda en el expediente
Los campos ya están puestos. Tú miras el argumento.
Leer la notificación y apuntar el plazo a mano, si es que alguien la abre hoy.
Anotado al llegar, con el vencimiento contado sobre el calendario de ese órgano.
El balance
Qué cambia con el próximo documento que entre.
Qué ganas
Revisar cuesta una línea
El plazo guarda entrecomillada la frase de la resolución de la que sale, el documento en el que se leyó y, cuando el juzgado lo cita, el artículo que lo fija. No hay que releer el PDF para fiarse.
Qué dejas de hacer
Pasar el PDF a la agenda
La fecha no espera a que alguien la teclee: nace en el expediente marcada por revisar y sigue en el panel de inicio hasta que se confirma. Y no se duplica: antes de anotar, la lectura compara con lo que ya hay anotado en el expediente —tipo de cita, día y texto— y no repite lo que ya está. El mismo escrito que entra dos veces, por el buzón y a mano, se anota una.
Qué te juegas
El día que nadie abrió el documento
Los plazos son improrrogables (art. 134.1 LEC) y, pasado el término, precluye el trámite y se pierde la oportunidad de realizar el acto (art. 136 LEC). Un PDF sin abrir en una carpeta compartida no detiene nada.
Por qué la cita
Una fecha sin origen no se firma.
Todo el sector anuncia que su inteligencia artificial identifica hitos procesales. La pregunta que decide si eso sirve dentro de un procedimiento es otra: de dónde ha salido esa fecha.
En Plea la respuesta va escrita debajo. La entrada del seguimiento lleva la frase textual de la resolución entre comillas, el nombre del documento en el que se leyó y, si la resolución lo cita, el fundamento del plazo. Ninguna de esas tres cosas las redacta el programa: las copia.
Y siguen ahí dentro de dos años, cuando haya que explicar por qué se contestó ese día y no el siguiente.
El expediente por dentro
Lo que trae puesto, y lo que ajustas tú.
- Doce pestañas, en tu orden
- Seguimiento, resumen, fechas, documentos, tasación de costas, intereses, contabilidad, facturas, pagos, provisión de fondos, reuniones y asistente. El despacho las reordena, oculta las que no usa y las renombra con su terminología. La única que no se puede quitar es el seguimiento.
- 54 fases procesales
- Precargadas por jurisdicción: 15 en civil, 14 en penal, 12 en laboral y 13 en contencioso-administrativo, del estudio previo al archivo. Se editan una a una, porque el nombre del trámite cambia con la costumbre de cada juzgado.
- Seis criterios de búsqueda
- Cliente, contrario, número de expediente, autos o NIG, órgano judicial y abogado asignado, además de los filtros de estado, área y fase. Los archivados se piden a mano: por defecto no aparecen.
- Su propia dirección de correo
- Cada expediente puede tener la suya: se crea desde el propio expediente, con su lista de remitentes autorizados. Con el guardado automático puesto, lo que manda tu procurador desde una de esas direcciones entra en Documentos y se lee al llegar. Lo que viene de otra dirección queda registrado y no toca el expediente.
- Conflictos antes de guardar
- Al crear el expediente, el cliente y cada parte contraria se cruzan con toda la cartera del despacho, archivados incluidos. Si la comprobación no llega a hacerse, el expediente no se crea.
Tráete el expediente que se te complicó.
Los fáciles los lleva cualquiera. En la demo subimos delante de ti la última notificación que te llegó y miras lo que sale: la fecha, y la frase de la que sale.
Preguntas frecuentes
Lo que nos preguntan sobre esto.
¿Y si la inteligencia artificial se equivoca en una fecha?
Se ve enseguida y se corrige donde está. El plazo y el señalamiento entran marcados por revisar y salen en el panel de inicio hasta que alguien del despacho los confirma, con la frase literal de la resolución debajo: comprobar que la fecha es la que dice el juzgado cuesta leer una línea. Lo que no ocurre es que la fecha no exista porque nadie llegó a abrir el documento. Quien firma sigue siendo el abogado, y eso no lo cambia ningún programa.
¿Con qué calendario se cuenta el vencimiento?
Con el del órgano del expediente. Plea toma el municipio, la provincia y la comunidad autónoma del juzgado que consta en el expediente y aplica sus días inhábiles, más la regla de la materia: en un expediente penal agosto cuenta y en el resto no. Si el documento da la fecha límite ya hecha, se respeta esa y no se calcula nada. Y si el plazo es de meses, va de fecha a fecha y no por días hábiles (art. 133.3 LEC).
¿El aviso de conflicto impide dar de alta el expediente?
No: avisa antes de guardar y la decisión es del despacho. La comprobación cruza el cliente y cada parte contraria con los clientes, las contrarias y los contactos de toda la cartera, incluidos los expedientes archivados, y queda guardada con quién la hizo y qué salió. Anular un conflicto desde la pantalla de comprobaciones exige escribir el motivo, que queda guardado con la comprobación y se lee en su historial. Lo único que Plea sí impide es crear un expediente cuando la comprobación no ha podido hacerse.
¿Puedo adaptar el expediente a como trabaja mi despacho?
Sí, en tres sitios. Las doce pestañas del expediente se reordenan, se ocultan y se renombran desde el configurador del despacho, y las que dependen de un módulo apagado desaparecen solas. Las fases procesales vienen precargadas por jurisdicción y se editan. Y si falta un dato que solo usáis vosotros, se añade como campo propio —texto, número, fecha, desplegable o casilla—, marcado como obligatorio si lo es, y sale en la ficha del expediente y en el alta.
¿Hay límite de expedientes o de clientes?
No. Plea no limita el número de expedientes, de clientes ni de partes. Es una decisión deliberada: un despacho no puede prever su carga de trabajo, y cobrar por capacidad significa penalizar al cliente justo cuando le va bien.